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Patologías constructivas: deficiencias en viviendas de nueva construcción

patologías constructivas

Informes técnicos sobre las deficiencias en viviendas

Patologías constructivas: deficiencias en viviendas de nueva construcción

Una de las partes más desagradables de mi trabajo tiene que ver con tener que preparar informes técnicos sobre las patologías constructivas de las viviendas de nueva construcción y, esto no sólo es debido al hecho de que normalmente implica meter mi nariz en la obra de alguien, sino también el gran esfuerzo que tengo que hacer al tratar de ser lo más imparcial y objetivo posible manteniendo en perspectiva los intereses de mi cliente y la de otras partes.

Esto no es porque soy una persona de buen corazón (que lo soy), sino el hecho de que este tipo patologías constructivas suelen acabar en los tribunales y los jueces, que están lidiando diariamente con casos similares tienden tener en cuenta el problema real y su verdadera cuantificación y tienen una propensión a actuar negativamente cuando es claro y evidente que uno de los partes tiene la intención de aprovecharse de las circunstancias.

Este tipo de patologías constructivas, suelen acabar en los tribunales

No es raro que se me llame para intervenir en situaciones donde se han hecho varios intentos para llegar a algún tipo de compromiso entre las partes involucradas en algún tipo de conflicto y todo el mundo está harto, (por decirlo educadamente) de todos los demás. En varios casos he encontrado que ambas partes se comportan más bien como una pareja de divorciados que no sólo quiere ser compensado por una pérdida pero quieren su “libra de carne Shakespeeriana”.

Dicho esto, también es cierto que en la mayoría de los casos se ha producido un daño real y ha sido causado por un acto de negligencia o por una omisión adecuada de la atención profesional y atención y especialmente los británicos, han tratado de manera amistosa de obtener una solución a irregularidades constructivas significativas. con mucha paciencia y con educación.

Para saber si las deficiencias encontradas se deben a un fallo debido a defectos encontrados en el proyecto original o se deben a actos de negligencia de los agentes implicados en el proceso de construcción, es recomendable obtener primero un informe pericial de un arquitecto o aparejador. Este profesional, identificará los temas, concentrándose en los aspectos técnicos desprendiéndose de cualquier emoción y sentimiento.

Patologías constructivas: deficiencias en viviendas de nueva construcción

Siendo este el caso se requiere de una solicitud por escrito se dirige al Presidente de la Comunidad, sobre la  cuestión para que se incluya en el orden del día de la próxima reunión de la comunidad (o si el daño se podría interpretar que pueden poner en riesgo vidas humanas convocar una reunión específicamente para este tema).

En la reunión, la propuesta debe ser la de contratar a un profesional para preparar un informe técnico sobre los defectos detectados, para especificar su entidad, causas, evolución previsible y muy importante para cuantificar los daños. Desde que el CTE (Código Técnico de la Edificación) entró en vigor (véase más adelante), hay muchas quejas sobre el nivel de ruido que pueden infiltrarse por el tráfico de carretera, sótanos, bombas o de vecino de al lado, etc. para determinar si son excesivos según la normativa vigente.

Es importante seguir los procedimientos marcados por el sentido común

De los datos de la investigación, el Presidente de la Comunidad, actuando en nombre de la misma, puede comunicarse con la persona o personas responsables de la reclamación y pedirle/s que  reparen los defectos. A veces, esta acción también se puede hacer por uno de los copropietarios en su propio nombre y en beneficio de la comunidad, pero esto no es lo habitual.

Aconsejo ardientemente que este tema lo lleve un abogado profesional a partir de este momento y también recomiendo que el abogado sea uno con experiencia en estos asuntos ya que normalmente habrá algún tipo de negociaciones entre las partes y si a su vez es infructuosa, con el tiempo que va a terminar en los tribunales.

Si ese es el caso, deben tenerse en cuenta cuando el edificio fue construido como la ley cambió en 2000 con la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) 38/1999 Ley del 5 de noviembre, que entró en vigor el 6 de del año noviembre de 2000 y, más recientemente, el CTE (Código Técnico de la Edificación) de 2006, que entró en vigor el 2007.

Cualquier viviendas de edificio que presentó el proyecto de edificación para obtener licencia en el Ayuntamiento en ese año, es decir 2007 se tratarán bajo la nueva ley.

Si las viviendas fueron construidas antes de esa fecha, será necesario recurrir a los reglamentos anteriores, en particular, el artículo 1591 del Código Civil español, que trata de la garantía de diez años y la responsabilidad de todos los profesionales de la construcción de las deficiencias de la construcción.

Si necesitas un equipo para realizar un informe detallado sobre las patologías constructivas de su vivienda, puedes contactar con nosotros sin compromiso.

2 comentarios

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