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Cómo dar de alta la luz en tu nuevo hogar

dar de alta la luz

Tanto si es de obra nueva como si los anteriores inquilinos decidieron darlos de baja, es muy común que te encuentres en la situación de tener que dar de alta la luz. Pero, ¿Cuál es el procedimiento? Aquí te contamos cómo hacerlo de la forma más eficaz y rápida posible. Y es que al cambiar de vivienda, entre las mudanzas, cajas, muebles nuevos, la excusa perfecta para comprar una decoración diferente… se nos olvida que en la mayoría de ocasiones debemos dar de alta los suministros de nuestros nuevo hogar.

Encuentra tu comercializadora o distribuidora de energía

Lo primero que deberás hacer es elegir la comercializadora eléctrica con la que quieres empezar un contrato. Para ello, en primer lugar deberás definir tu consumo y tus necesidades, buscar una tarifa que se adapte a ti entre el mercado regulado y el mercado libre y ponerte en contacto con esa compañía. 

Las empresas como Viesgo, Endesa, Holaluz y el resto tienen un servicio de atención al cliente a través del cual guían al usuario en todo este proceso. Por lo tanto, lo mejor será que una vez que hayas elegido a tu comercializadora te pongas en contacto con ella a través del teléfono de atención al cliente de Viesgo o de la que sea. Ella se pondrá en contacto con la distribuidora, que es la empresa encargada de llevar la luz hasta los domicilios, es decir actuará de intermediaria, para que finalmente el suministro se establezca, ya sea por primera vez o de nuevo.

Este proceso para dar de alta la luz suele tardar entre 5 y 7 días hábiles, teniendo en cuenta que todo funcione correctamente, en el caso de que Viesgo o la comercializadora elegida tenga algún tipo de problema con la distribuidora, como averías de luz, el proceso se demorará. 

No obstante, muchos usuarios confunden cambiar de contrato con dar de baja o de alta la luz. En estos últimos casos estamos hablando del suministro, si al mudarte a tu nuevo hogar tienes luz quiere decir que tendrás que cambiar el titular del contrato de la luz para ser tú mismo el titular, pero no será necesario darse de baja y de alta de este suministro. 

¿Qué derechos hay que pagar para dar de alta la luz?

Por desgracia, dar de alta la luz implica una serie de gestiones por parte de la distribuidora que no resultan gratuitas al cliente. Son unos precios estipulados por el Gobierno de España y que las distribuidoras de luz están obligadas a cobrar a través de las comercializadoras. Estos son los derechos y el precio de cada uno por dar de alta la luz: 

  • Derechos de acometida: suponen los costes de la distribuidora por las acciones que realiza al dar suministro a una nueva vivienda. Solo se abonan en el primer momento, o sea en la primera alta. Sí que se deberán pagar si se necesitan más, es la cuota de extensión: 
    • Extensión: 17,374714 €/kW de lo excedido.
    • Acceso: 19,703137 €/kW de lo excedido. 
  • Derechos de enganche: es la actuación de conectar la red del suministro con la instalación. Este es el importe que hay que pagar por él 9,044760€.
  • Derechos de verificación: tras hacer cualquier tipo de operación de manos de la distribuidora habrá que pagarle 8,011716€.
  • Fianza. Hay que depositar una fianza de se calcula para cada instalación y que se devolverá cuando se dé de baja el suministro. Suele ser la facturación de un mes a cincuenta horas de potencia utilizada. 

En este artículo podrás ver más desglosado estos peajes de energía eléctrica que establece el BOE. Si tienes más dudas sobre cómo dar de alta la luz en tu nueva vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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